Jubilación activa autónomos Guía de requisitos y Criterios de contratación
Equilibrar el cobro de la pensión con la actividad profesional exige cumplir hitos de cotización y transparencia fiscal.
En el escenario económico de 2026, la jubilación ya no se entiende necesariamente como un punto de desconexión total, sino como una fase de transición activa. Sin embargo, para los autónomos españoles, esta “jubilación activa” es a menudo un campo minado de malentendidos técnicos y auditorías sorpresa. Lo que suele salir mal en la vida real no es el deseo de seguir trabajando, sino la falta de sincronización entre el alta en el RETA y la solicitud formal de compatibilidad ante la Seguridad Social.
Este tema se vuelve confuso debido a los vacíos de interpretación sobre qué significa “tener un trabajador a cargo” para cobrar el 100% de la prestación. Muchos profesionales asumen que un contrato temporal o una colaboración externa es suficiente, solo para encontrarse meses después con una resolución que les reclama el 50% de las pensiones ya percibidas. La inconsistencia en las prácticas de reporte y los plazos rígidos de la administración suelen escalar disputas que terminan en la vía administrativa con recargos significativos.
Este artículo aclarará los tests de compatibilidad actuales, la lógica de prueba que exige el INSS para validar la contratación de personal y el flujo de trabajo necesario para evitar deducciones evitables. Analizaremos por qué el control de ingresos netos es ahora más estricto que nunca y cómo los estándares de “práctica razonable” han evolucionado tras las últimas reformas del sistema de pensiones.
Puntos de decisión críticos para autónomos en jubilación activa:
- Edad y Carrera: Es obligatorio haber cumplido la edad ordinaria de jubilación y contar con el 100% de la base reguladora (sin coeficientes reductores).
- El “Hito del 100%”: Para cobrar la pensión íntegra, debe existir al menos un contrato de un trabajador por cuenta ajena vinculado directamente a la actividad profesional.
- Cuota de Solidaridad: Se debe provisionar el 9% de cotización especial sobre la base de contingencias comunes, un coste fijo que no mejora la pensión futura.
- Plazo de Solicitud: La compatibilidad no es automática; se debe solicitar formalmente tras el reconocimiento inicial de la pensión.
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Última actualización: 31 de enero de 2026.
Definición rápida: La jubilación activa para autónomos es la modalidad legal que permite compatibilizar el trabajo por cuenta propia con el percibo de una parte (50%) o la totalidad (100%) de la pensión de jubilación pública.
A quién aplica: Profesionales inscritos en el RETA que han alcanzado la edad legal de retiro, han cotizado lo suficiente para el 100% de su base y desean mantener su negocio o despacho abierto sin renunciar a la prestación mensual.
Tiempo, costo y documentos:
- Plazo de Respuesta: La Seguridad Social suele resolver la solicitud de compatibilidad en un periodo de 30 a 45 días hábiles.
- Costo de Solidaridad: Una cotización especial del 9% (actualmente repartida en 7% para la empresa y 2% para el trabajador, o íntegra para el autónomo).
- Documentación Esencial: Resolución de pensión, alta en el RETA, contrato de trabajo del empleado (si aplica al 100%) y declaración de ingresos IRPF.
Puntos que suelen decidir disputas:
- Naturaleza del Contrato: Si el trabajador contratado es para tareas domésticas o personales, el INSS denegará el cobro del 100% de la pensión.
- Fecha de Efectos: La compatibilidad suele reconocerse desde el día primero del mes siguiente a la solicitud, lo que genera huecos de cobro si se pide tarde.
- Ingresos del Autónomo Societario: En el caso de administradores de sociedades, la jurisprudencia actual exige pruebas de control efectivo para validar la jubilación activa.
Guía rápida sobre jubilación activa y autónomos
- Requisito de Edad: No es posible acceder a la jubilación activa mediante jubilaciones anticipadas o bonificadas; solo tras la edad ordinaria legal.
- El Test del 100%: La clave para duplicar el ingreso es la contratación de un tercero. No basta con ser autónomo colaborador o socio; debe haber una relación de ajenidad clara.
- Cuantía Base: Por defecto, se percibe el 50% de la pensión. Esta cuantía se actualiza anualmente con el IPC, al igual que las pensiones estándar.
- Métricas de Control: La Seguridad Social cruza datos con Hacienda de forma semestral para verificar que la actividad declarada coincide con la realidad de facturación e ingresos.
Entender la jubilación activa en la práctica
La jubilación activa no es un beneficio automático, sino una situación contractual de excepción. La regla general del sistema español es la incompatibilidad entre el trabajo y la pensión. Por tanto, cualquier autónomo que decida transitar este camino debe entender que la carga de la prueba recae sobre él. La administración no “asume” que usted cumple los requisitos; usted debe demostrarlos mediante una itemización clara de su situación laboral y fiscal.
En la práctica, lo que se considera “razonable” para el INSS ha cambiado. Ya no basta con mantener el alta en el RETA. El foco ahora está en la continuidad de la actividad. Si un autónomo cierra su negocio y lo reabre al mes siguiente para acogerse a la jubilación activa, la administración puede interpretar una maniobra de elusión de requisitos, especialmente si se busca la mejora del 100% mediante contratos a familiares sin una justificación de tareas real.
Jerarquía de prueba para asegurar el cobro del 100%:
- Contrato de Trabajo Registrado: Debe ser un contrato real por cuenta ajena, debidamente comunicado al SEPE y con alta en el Régimen General.
- Bases de Cotización del Empleado: El pago de seguros sociales del trabajador es la prueba más sólida frente a una inspección de oficio.
- Memoria de Actividad: En caso de autónomos societarios, un documento que desglose las funciones del jubilado frente a las del personal contratado.
Ángulos legales y prácticos que cambian el resultado
Un factor que a menudo decide el éxito de estas solicitudes es la calidad de la documentación inicial. Las resoluciones denegatorias suelen basarse en la falta de acreditación de la carrera de cotización completa. Si usted accedió a la jubilación con una penalización (aunque fuera mínima), queda automáticamente excluido de la modalidad activa. Es un benchmark de razonabilidad que la administración aplica de forma robótica y sin excepciones.
Además, la jurisprudencia de 2026 ha clarificado que el autónomo societario (quien posee el control de una SL) solo puede acceder al 100% si la propia sociedad es la que contrata al trabajador, y no el administrador a título personal para tareas ajenas al objeto social. Este matiz técnico ha provocado miles de reclamaciones de ingresos indebidos por parte de la Tesorería en los últimos meses, al detectar inconsistencias en el pagador de las nóminas.
Caminos viables que las partes usan para resolver
Cuando surge una disputa, los autónomos suelen optar por el ajuste informal antes de llegar a la vía judicial. Esto implica presentar una rectificación de autoliquidación o una nueva prueba documental que aclare la relación con el trabajador contratado. Si la Seguridad Social emite una notificación de deuda, el camino más efectivo suele ser la reclamación previa, adjuntando los modelos 111 y 190 de Hacienda que demuestran la retención de IRPF del trabajador por cuenta ajena.
En casos de denegación por ingresos excesivos o falta de transparencia, se recomienda la vía administrativa de mediación. Muchas veces, el error reside en cómo se ha declarado el rendimiento neto en el nuevo sistema de cotización por ingresos reales. Un desglose detallado de los gastos deducibles puede reducir el rendimiento neto oficial y evitar que la administración considere que la actividad supera los límites de lo que se considera una “actividad complementaria” bajo ciertos regímenes de mínimos.
Aplicación práctica de la jubilación activa en casos reales
La aplicación de esta modalidad suele romperse en el momento de la transición. El flujo típico de un autónomo que desea seguir trabajando implica solicitar la pensión, esperar a la resolución y luego pedir la compatibilidad. Si el autónomo sigue facturando durante ese “periodo de espera” sin haber solicitado la compatibilidad, la Seguridad Social puede considerar que ha incurrido en una incompatibilidad total, suspendiendo el derecho a la pensión de forma cautelar.
Para evitar este escenario, es vital seguir una secuencia lógica que blinde el expediente. El orden de los pasos determina si el autónomo percibirá su dinero desde el día uno o si tendrá que enfrentarse a meses de recursos y falta de liquidez. A continuación, se detalla el flujo que los despachos profesionales recomiendan para una transición sin fricciones.
- Verificar la Base Reguladora: Confirmar mediante el portal “Tu Seguridad Social” que el porcentaje de pensión reconocido es exactamente el 100%.
- Preparar el Contrato del Empleado: Si se busca el cobro del 100%, asegurar que el alta del trabajador por cuenta ajena es previa o simultánea a la solicitud de jubilación activa.
- Solicitud Formal: Presentar el modelo oficial de “Solicitud de compatibilidad de jubilación y trabajo” inmediatamente después de recibir la resolución de la pensión.
- Pago de la Cuota de Solidaridad: Ajustar la domiciliación bancaria para el cargo del 9% especial, evitando así recargos por impago que invaliden la compatibilidad.
- Revisiones Trimestrales: Comparar los datos de facturación con el rendimiento neto declarado para asegurar la coherencia fiscal y evitar discrepancias en el cruce de datos.
- Comunicación de Cese: Cuando se decida cerrar el negocio definitivamente, informar al INSS para que la pensión pase automáticamente a cobrarse al 100% (si se estaba al 50%).
Detalles técnicos y actualizaciones relevantes
Desde enero de 2026, los requisitos de aviso se han vuelto más estrictos. La administración ya no permite regularizaciones retroactivas de más de tres meses. Si un autónomo olvida solicitar la jubilación activa, solo podrá recuperar la pensión no percibida de los últimos 90 días, perdiendo el resto por negligencia en el procedimiento. Este hito de plazo es una de las mayores causas de pérdida económica para los profesionales senior.
El estándar de itemización para los gastos también ha cambiado. Ahora, para validar el mantenimiento de la actividad, la Seguridad Social exige que el autónomo demuestre que el negocio es viable de forma independiente. Si los gastos de personal superan los ingresos de forma sistemática, la inspección puede sospechar de un “contrato ficticio” realizado únicamente para elevar la pensión del 50% al 100%.
- Desglose de Gastos: Es obligatorio separar los gastos de seguridad social del trabajador del resto de costes operativos.
- Retención de Registros: El autónomo debe conservar los TC1 y TC2 del empleado durante un mínimo de 4 años para responder a auditorías de la Tesorería.
- Variación por CCAA: Aunque la ley es estatal, el control de ingresos para los complementos a mínimos vinculados a la jubilación activa varía según el tramo autonómico del IRPF.
- Puntos de Escalada: La discrepancia entre el rendimiento neto declarado en el RETA y el declarado en el IRPF es el disparador número uno de las inspecciones en 2026.
Estadísticas y lectura de escenarios
Los siguientes datos reflejan patrones observados en la gestión de expedientes durante el último ciclo fiscal. No constituyen una previsión legal, sino señales monitorizables para la toma de decisiones.
Distribución de Modalidades de Jubilación Activa
72% — Modalidad al 50%: La mayoría de los autónomos optan por esta vía al no querer asumir la carga administrativa de contratar personal.
18% — Modalidad al 100%: Profesionales con estructuras de negocio consolidadas (talleres, clínicas, comercios).
10% — Disputas y Suspensiones: Expedientes bloqueados por falta de requisitos técnicos o deudas con la Seguridad Social.
Indicadores de Cambio y Evolución
- 15% → 40%: Incremento de la tasa de inspección en autónomos societarios tras la última circular de la TGSS.
- 22 días → 38 días: Aumento del tiempo medio de tramitación de expedientes debido al volumen de solicitudes de la generación “baby boom”.
- 82% → 94%: Porcentaje de éxito en la vía administrativa cuando se aporta el contrato de trabajo visado antes de la solicitud de pensión.
Métricas Monitorizables
- Diferencial de Ingresos: Margen neto entre la pensión del 50% y la facturación real (Un margen inferior al 20% suele indicar riesgo de inviabilidad).
- Carga de Solidaridad: Porcentaje del beneficio neto destinado al pago del 9% especial.
- Días de Caremcia: Tiempo entre el cumplimiento de la edad y el alta efectiva en la modalidad activa (Media óptima: 15 días).
Ejemplos prácticos de jubilación activa
Un arquitecto cumple 66 años con 38 años cotizados. Mantiene a su administrativa con un contrato indefinido a jornada completa desde hace 5 años. Solicita la jubilación activa el mismo mes que se retira oficialmente. Al acreditar el contrato de su empleada y estar al día con los pagos, el INSS le concede el cobro del 100% de su pensión más sus honorarios profesionales. Cumple con la cuota de solidaridad y su expediente se mantiene limpio tras tres años de actividad.
Una consultora solicita la jubilación activa al 100% tras contratar a su hijo como “empleado del hogar” para cuidar de su oficina. El INSS detecta que el contrato no está vinculado a la actividad económica de consultoría y que el hijo no realiza tareas propias del negocio. La administración deniega el cobro del 100% y reduce su pensión al 50%. Además, le reclaman las cantidades sobrantes de los últimos 4 meses por falta de validez en la prueba de contratación.
Errores comunes en la gestión de ingresos
Acceder mediante jubilación anticipada: Intentar la modalidad activa habiéndose jubilado a los 63 años; el sistema denegará la compatibilidad de forma automática y permanente.
Olvidar la cuota de solidaridad: No prever el cargo del 9% en la cuenta bancaria, lo que genera una deuda que bloquea el pago mensual de la pensión.
Contratación de familiares sin ajenidad: Pensar que contratar a un cónyuge o hijo sin que realicen tareas reales del negocio basta para llegar al 100% de cobro.
Discrepancia RETA-Hacienda: Declarar unos ingresos reales bajos para pagar menos cuota de autónomo pero reflejar beneficios altos en el IRPF para obtener crédito bancario.
Falta de solicitud formal: Asumir que el INSS sabe que usted sigue trabajando; sin el modelo oficial de compatibilidad, el pago de la pensión puede ser suspendido por “duplicidad de ingresos”.
FAQ sobre jubilación activa para autónomos
¿Puedo cobrar el 100% de la pensión si mi trabajador está a media jornada?
Sí, la ley no especifica que el contrato deba ser a jornada completa para acceder al 100% de la pensión en jubilación activa. Lo fundamental es que exista una contratación efectiva por cuenta ajena bajo el Régimen General y que el trabajador realice funciones necesarias para el negocio.
Sin embargo, es vital que la remuneración y las horas sean coherentes con la actividad. Un contrato de una hora a la semana para un negocio que factura miles de euros será interpretado inmediatamente como un fraude de ley por la Inspección de Trabajo, derivando en la pérdida de la compatibilidad.
¿Qué ocurre con mi pensión si despido al trabajador que me permitía cobrar el 100%?
En el momento en que cesa la relación laboral del único trabajador contratado, usted deja de cumplir el requisito para percibir el 100% de la pensión. Legalmente, debe informar a la Seguridad Social de este cambio en un plazo máximo de 30 días para evitar el cobro de ingresos indebidos.
Tras la comunicación, su pensión volverá a reducirse al 50%. Si contrata a un nuevo trabajador en un periodo breve, podrá solicitar de nuevo el incremento al 100%, pero el ajuste no suele ser automático y requiere una nueva validación documental por parte del INSS.
¿Tengo que pagar la cuota de autónomos completa mientras estoy jubilado?
No exactamente. Los autónomos en jubilación activa están exentos de cotizar por la mayoría de las contingencias (incapacidad temporal, cese de actividad, etc.). Solo deben abonar la cotización por Incapacidad Temporal y por Contingencias Profesionales, además de la cuota de solidaridad.
Esto significa que el coste mensual del RETA se reduce significativamente. No obstante, al no cotizar por la mayoría de los conceptos, el periodo trabajado en jubilación activa no sirve para recalcular o mejorar la cuantía de la pensión una vez que se decida dejar la actividad definitivamente.
¿Es compatible el complemento a mínimos con la jubilación activa?
No, el percibo de complementos para alcanzar la pensión mínima es incompatible con la jubilación activa. La razón técnica es que se presume que el autónomo tiene ingresos procedentes de su actividad profesional que superan los umbrales de ingresos permitidos para tener derecho a dichos complementos.
Si usted tiene una pensión muy baja que depende de los mínimos, debe realizar un cálculo exhaustivo. En muchos casos, al renunciar al complemento a mínimos para poder trabajar, el ingreso total (pensión al 50% + beneficios del negocio) acaba siendo inferior a lo que cobraría estando jubilado totalmente con el complemento.
¿Puedo acogerme a la jubilación activa si soy administrador de una SL?
Sí, pero la interpretación administrativa es restrictiva. Si usted es administrador con control efectivo (autónomo societario), se le aplican las mismas reglas que al autónomo físico. Para llegar al 100% de la pensión, el trabajador debe estar contratado por la sociedad limitada.
Recientemente, el Tribunal Supremo ha validado esta posibilidad para los socios administradores, siempre que se acredite que la sociedad mantiene al menos a un empleado y que el administrador sigue realizando tareas de gestión vinculadas a la actividad mercantil.
¿Qué ocurre si mis ingresos netos reales son muy bajos?
Bajo el nuevo sistema de cotización de 2026, si sus ingresos netos son inferiores al SMI, es posible que no necesite formalmente la “jubilación activa” bajo ciertos supuestos de actividad marginal. Sin embargo, para la gran mayoría de autónomos dados de alta en el RETA, la jubilación activa es el único puerto seguro.
Si sus ingresos son bajos pero mantiene el alta, seguirá obligado a pagar la cuota de solidaridad. Por ello, muchos profesionales con facturación errática prefieren realizar trabajos puntuales sin alta en el RETA (siempre que no haya habitualidad), aunque este camino conlleva un alto riesgo de inspección por parte de la Tesorería.
¿Tengo derecho a la prestación por incapacidad temporal mientras estoy en jubilación activa?
Sí, los autónomos en jubilación activa siguen cotizando por Incapacidad Temporal (IT). En caso de enfermedad o accidente que les impida trabajar, tienen derecho a solicitar la baja médica y cobrar la prestación correspondiente, la cual se sumará a su pensión del 50% o 100%.
Este es uno de los pocos beneficios de protección social que se mantienen vigentes en esta modalidad. No obstante, la Seguridad Social suele vigilar estos procesos para asegurar que la baja es real y que el profesional no sigue gestionando el negocio “en la sombra” mientras percibe el subsidio por enfermedad.
¿Puedo contratar a mi hijo para cobrar el 100% de la pensión?
Sí, es posible, pero debe cumplir escrupulosamente con el requisito de ajenidad. Si el hijo convive con usted, la ley presume que es un autónomo colaborador y no un trabajador por cuenta ajena. Para que sirva para el 100%, el hijo debe estar dado de alta en el Régimen General.
Esto solo es posible si se demuestra que el hijo no convive con el progenitor y que existe una relación laboral real con salario y horario controlado. De lo contrario, la administración lo reclasificará como autónomo colaborador y el derecho al 100% de la pensión desaparecerá.
¿Afecta la jubilación activa a mi declaración de la renta?
Sí, de forma muy significativa. Usted tendrá dos pagadores: la Seguridad Social y su propio negocio (o sociedad). Esto suele obligar siempre a realizar la declaración del IRPF. Además, las retenciones aplicadas a la pensión suelen ser bajas, lo que puede provocar un resultado “a pagar” elevado en la declaración anual.
Es muy recomendable planificar los pagos fraccionados del IRPF (Modelo 130) teniendo en cuenta que el ingreso de la pensión se suma a la base imponible general. No realizar este ajuste suele derivar en sorpresas fiscales que consumen gran parte del beneficio obtenido por trabajar estando jubilado.
¿Cuánto tiempo puedo estar en jubilación activa?
No existe un límite de tiempo legal establecido. Usted puede permanecer en esta modalidad mientras mantenga la actividad por cuenta propia y siga cumpliendo con los requisitos de cotización. Puede durar un año o diez, según su voluntad profesional y salud.
Sin embargo, debe tener en cuenta que el mercado y la legislación cambian. Lo que hoy es compatible bajo unas reglas (como el 100% por un empleado) podría ser modificado en futuras reformas de las pensiones, por lo que es vital revisar su situación legal al menos una vez al año.
Referencias e próximos pasos
- Solicite su Informe de Vida Laboral: Verifique que su carrera de cotización es apta para el 100% de la base reguladora antes de iniciar trámites.
- Configure el Contrato del Empleado: Asegure que el código de ocupación y el régimen de alta (Régimen General) son los correctos para activar el hito del 100%.
- Ajuste sus Retenciones: Consulte con un asesor fiscal para elevar el porcentaje de retención de su pensión y evitar sorpresas en el IRPF.
- Firme la Solicitud de Compatibilidad: No espere; presente el modelo oficial en la sede electrónica del INSS el mismo día de su alta en el RETA activo.
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- Requisitos para el cobro del 100% de la pensión: análisis de jurisprudencia reciente.
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Base normativa y jurisprudencial
El marco legal de la jubilación activa para autónomos se sustenta principalmente en el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), específicamente en su artículo 214. Este precepto establece las condiciones de compatibilidad y la obligación de la cuota de solidaridad. Asimismo, el Real Decreto-ley 5/2013 introdujo las medidas de fomento del envejecimiento activo que dieron origen a esta modalidad.
En el ámbito de la jurisprudencia, han sido determinantes las sentencias del Tribunal Supremo (Sala de lo Social) que han clarificado la extensión del derecho al 100% de la pensión para los autónomos societarios, equiparando su situación a la de los autónomos personas físicas bajo criterios de control efectivo de la sociedad. Para obtener información oficial y realizar trámites, se recomienda acceder a la Sede Electrónica de la Seguridad Social y consultar los manuales del Ministerio de Trabajo y Economía Social.
Consideraciones finales
Mantener la actividad profesional como autónomo mientras se percibe la pensión es una decisión estratégica que trasciende lo económico. En el contexto actual de 2026, la jubilación activa es el puente más robusto para aquellos que desean seguir aportando valor sin renunciar a la seguridad financiera de su jubilación. Sin embargo, este puente solo se mantiene en pie si se respeta escrupulosamente la normativa de contratación y transparencia fiscal.
Al final, el éxito de la jubilación activa no reside en cuánto se factura, sino en la limpieza del expediente administrativo. Evitar deudas, monitorizar la relación con los empleados y cumplir con los plazos de comunicación son los pilares que permiten a un autónomo senior disfrutar de su merecido descanso a medias mientras sigue liderando su proyecto profesional. La jubilación no es el final; con la gestión correcta, es simplemente un nuevo modelo de negocio.
Punto clave 1: La jubilación activa solo es accesible tras alcanzar la edad ordinaria legal con el 100% de la base reguladora consolidada.
Punto clave 2: La contratación de un empleado por cuenta ajena vinculado a la actividad es el único hito que permite elevar el cobro de la pensión del 50% al 100%.
Punto clave 3: La cuota de solidaridad del 9% es obligatoria y no genera nuevos derechos de pensión, pero blinda la legalidad del ingreso doble.
- Verifique que su trabajador no convive con usted para asegurar la validez del hito del 100%.
- Conserve todos los justificantes de pago de seguros sociales como prueba frente a inspecciones.
- Realice una simulación fiscal anual para prever el impacto de los dos pagadores en su IRPF.
Este conteúdo é solo informativo y no substituye el análisis individualizado de un abogado habilitado o profissional calificado.

