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Derecho de Seguros y Reclamaciones

Indemnización Insuficiente: Pruebas y Flujo para Impugnar el Cálculo del Seguro

Guía técnica para impugnar liquidaciones de seguros insuficientes y recuperar el valor real de los daños mediante pruebas periciales.

El momento en que un asegurado recibe la propuesta de indemnización tras un siniestro suele ser el punto donde la confianza en el contrato se rompe. En la vida real, lo que parecía una cobertura integral se transforma en una serie de deducciones por depreciación, aplicaciones de la regla proporcional o presupuestos basados en baremos de mercado que no reflejan el coste real de los materiales o la mano de obra. Esta brecha económica no es solo un malentendido; es el resultado de un proceso de ajuste unilateral donde la aseguradora busca minimizar su exposición financiera.

El tema se vuelve confuso porque el asegurado a menudo carece de las herramientas técnicas para discutir el cálculo del seguro. Los informes periciales de las compañías son documentos densos, llenos de códigos y nomenclaturas que dificultan detectar errores en la itemización de daños o en la aplicación de impuestos como el IVA. La falta de transparencia en los plazos de reclamación y las prácticas inconsistentes entre distintas delegaciones de una misma aseguradora terminan provocando que muchos acepten pagos ínfimos por miedo a una negativa total o a un litigio eterno.

Este artículo aclarará los estándares de razonabilidad técnica, la lógica de prueba que permite revertir una oferta a la baja y el flujo práctico para escalar una reclamación. Analizaremos desde el uso del perito de parte hasta la interpretación de las cláusulas limitativas, proporcionando un camino claro para que el expediente llegue a una decisión basada en evidencias y no en estimaciones de conveniencia para la compañía.

Factores determinantes para el éxito de la impugnación:

  • Contraste técnico inmediato: No aceptar el informe de la aseguradora como una verdad absoluta; el asegurado tiene derecho legal a un perito propio.
  • Documentación del estado pre-siniestro: Fotos, facturas de mantenimiento y registros de mejoras que anulen deducciones por “desgaste previo”.
  • Desglose de la oferta: Exigir que cada euro de deducción esté justificado por una cláusula específica de la póliza y no por un criterio genérico del perito.
  • Hitos de plazo: Vigilar la ventana de 8 días para designar perito propio tras la oferta inicial si se desea forzar la vía de la tercería pericial.

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En este artículo:

Última actualización: 29 de enero de 2026.

Definición rápida: La impugnación del cálculo del seguro es el proceso técnico-legal mediante el cual un asegurado rechaza la oferta de indemnización por considerarla inferior al daño real, activando mecanismos de revisión pericial o judicial.

A quién aplica: Personas físicas o jurídicas que, tras un siniestro cubierto, reciben una liquidación que no cubre los presupuestos de reparación o reposición del bien afectado.

Tiempo, costo y documentos:

  • Plazos críticos: 7 días para informar del siniestro; 40 días para que la aseguradora pague el “importe mínimo”; 8 días para impugnar el informe pericial contrario si se activa la vía del artículo 38 LCS.
  • Costos asociados: Honorarios del perito de parte (variable según cuantía) y, opcionalmente, abogado especializado en reclamaciones patrimoniales.
  • Documentos esenciales: Póliza completa, informe del perito de la compañía, facturas originales de compra, fotos de alta resolución y presupuestos de reparación de terceros independientes.

Puntos que suelen decidir disputas:

  • Calidad del peritaje contradictorio: Un informe que use precios de mercado verificables vence a las estimaciones automáticas de software pericial.
  • Interpretación de la depreciación: Demostrar que el bien no había sufrido un desgaste funcional que justifique una reducción drástica del valor a nuevo.
  • Cumplimiento de plazos formales: La pérdida de derechos suele ocurrir por no responder a las comunicaciones de la aseguradora dentro de las ventanas legales.

Guía rápida sobre impugnación de indemnizaciones

  • La oferta “a cuenta”: Recibir el primer pago no significa aceptar el total. Se debe firmar siempre con la frase “recibido a cuenta, sin renuncia a reclamar la diferencia”.
  • Evidencia técnica: Las aseguradoras suelen usar bases de datos de precios (baremos) que pueden estar desactualizados frente a la inflación real de 2026.
  • Ventana de rechazo: Si el asegurado no manifiesta su disconformidad por escrito, el silencio se interpreta como aceptación táctica de la liquidación.
  • Práctica razonable: Se considera una indemnización justa aquella que deja al asegurado en la misma situación económica previa al siniestro, sin enriquecimiento pero sin pérdida.

Entender la impugnación del seguro en la práctica

Cuando la aseguradora emite una liquidación insuficiente, lo hace basándose en una valoración del riesgo que suele ser conservadora. La regla general que utilizan los ajustadores es aplicar fórmulas de depreciación por antigüedad (valor real vs. valor a nuevo) y buscar posibles situaciones de infraseguro. El conflicto surge cuando la fórmula aplicada no coincide con la realidad física del objeto dañado.

Un cálculo técnico estándar en seguros se basa en la fórmula básica: $$I = \frac{D \times S}{V}$$ donde $I$ es la indemnización, $D$ el daño, $S$ la suma asegurada y $V$ el valor real. Si la aseguradora infla artificialmente el valor $V$ del objeto en el momento previo al siniestro, la indemnización $I$ baja drásticamente. Impugnar significa atacar ese valor $V$ o demostrar que el daño $D$ ha sido infravalorado en la itemización.

Lo “razonable” en la práctica no es lo que dice un manual, sino lo que cuesta reparar el bien en el mercado local actual. Las disputas suelen desarrollarse en un intercambio de correos y burofaxes donde el asegurado debe demostrar que los precios unitarios de la compañía (coste de hora de taller, precio por m2 de pintura, coste de componentes electrónicos) son irreales. Si la aseguradora no cede, el siguiente paso es la vía del perito tercero, una figura neutral que decide el importe final de forma vinculante.

Elementos exigidos para una impugnación sólida:

  • Certificación de precios: Presupuestos de al menos tres proveedores o talleres distintos que validen la insuficiencia de la oferta.
  • Jerarquía de prueba: Las fotos del daño en el momento del siniestro son el pilar; sin ellas, el perito de la compañía puede alegar “daños preexistentes”.
  • Puntos de giro: Localizar errores de cálculo aritmético o falta de inclusión de partidas necesarias para la reparación (transporte, andamiaje, tasas municipales).
  • Flujo de transparencia: Exigir el informe pericial completo de la compañía; esconderlo es una práctica abusiva que facilita la nulidad de la liquidación.

Ángulos legales y prácticos que cambian el resultado

La variación por jurisdicción o por la redacción específica de la póliza es crítica. No es lo mismo una póliza de valor a nuevo (donde no cabe depreciación por años) que una de valor venal. Muchos asegurados descubren tarde que su póliza tiene cláusulas limitativas que no fueron destacadas y firmadas de forma individual; estas cláusulas son a menudo nulas, permitiendo reclamar la indemnización completa.

La calidad de la documentación es lo que decide si el caso llega a juicio o se resuelve en fase de quejas. Un presupuesto de reparación “estimado” de palabra no tiene valor. Se requiere una itemización detallada donde se separe el coste del material del coste de la mano de obra. En siniestros de hogar o industriales, la depreciación por “uso y desgaste” debe ser técnica, no una resta lineal del 10% anual, algo que las compañías suelen aplicar erróneamente.

Caminos viables que las partes usan para resolver

Para resolver una discrepancia de cálculo, existen varias rutas que dependen de la cuantía y la voluntad de negociación:

  • Ajuste informal: Envío de contra-presupuestos al tramitador. Funciona bien en siniestros pequeños (menos de 3.000 €) donde a la compañía no le compensa el coste de una tercería.
  • Procedimiento de Peritos (Art. 38 LCS): Cada parte nombra un perito. Si no hay acuerdo, se nombra un tercero. Es la vía más técnica y rápida para siniestros de daños materiales medianos y grandes.
  • Mediación ante el Defensor del Asegurado: Una vía gratuita pero que suele ser lenta y no siempre vinculante para la compañía, aunque útil para documentar la mala fe.
  • Estrategia de litigio: Demanda judicial civil. Se reserva para casos donde la aseguradora niega la cobertura o donde la diferencia de cálculo es masiva y hay base para reclamar intereses de demora.

Aplicación práctica de la impugnación en casos reales

El flujo típico de impugnación se rompe cuando el asegurado actúa por impulso emocional en lugar de seguir un rigor documental. La clave es construir un expediente que “hable por sí solo” ante cualquier revisor externo.

  1. Análisis de la notificación: Identificar qué partidas han sido recortadas (mano de obra, materiales, o aplicación de franquicias).
  2. Solicitud del informe pericial: Obtener el desglose técnico de la aseguradora. Sin este documento, no hay base para la impugnación.
  3. Contratación de peritaje contradictorio: Un profesional independiente debe tasar el daño con los mismos criterios pero con precios reales de mercado.
  4. Cálculo de la diferencia: Cuantificar la brecha económica y los argumentos técnicos que la justifican (ej: imposibilidad de encontrar piezas de segunda mano).
  5. Notificación de disconformidad: Envío de burofax manifestando el rechazo a la oferta y proponiendo el inicio del procedimiento pericial conjunto.
  6. Escalada formal: Si en 10-15 días no hay respuesta, activar el nombramiento de perito dirimente o la demanda judicial según la cuantía.

Detalles técnicos y actualizaciones relevantes

En el panorama de 2026, las aseguradoras están automatizando el ajuste mediante inteligencia artificial que analiza fotos y asigna precios estándar. Esto ignora las particularidades de cada siniestro, como la dificultad de acceso a la zona dañada o la necesidad de técnicas de reparación especializadas. Es vital impugnar estos “precios de sistema” con realidades de factura.

  • IVA y facturación: La aseguradora suele pagar la indemnización neta (sin IVA) si el asegurado es una empresa. En particulares, el IVA debe estar incluido siempre en el cálculo.
  • Desglose de itemización: Cada tornillo y cada hora de desplazamiento debe estar reflejada. Agrupar partidas en “gastos generales” es un indicio de infravaloración.
  • Depreciación funcional: Un objeto antiguo que cumple su función perfectamente no debe depreciarse igual que uno que ya estaba obsoleto antes del siniestro.
  • Regulaciones de transparencia: Las aseguradoras están obligadas a desglosar los motivos de cualquier reducción por escrito; el uso de frases genéricas es motivo de queja formal.
  • Intereses de demora: Si el pago mínimo no se realiza en 40 días, o si la oferta final es abusivamente baja, el asegurado puede reclamar intereses incrementados (interés legal + 50% o hasta el 20%).

Estadísticas y lectura de escenarios

Los patrones de resolución muestran que el silencio del asegurado es el mayor aliado de la cuenta de resultados de las compañías de seguros. Las impugnaciones fundamentadas tienen una alta tasa de éxito en el recobro de diferencias.

Distribución de causas de impugnación exitosas:

42% – Error en el precio unitario de materiales y mano de obra.

28% – Aplicación incorrecta de la depreciación por antigüedad.

18% – Omisión de daños ocultos o partidas de limpieza/desescombro.

12% – Errores de cálculo en la regla proporcional (infraseguro).

Impacto de la intervención técnica (Antes/Después):

  • 15% → 45%: Incremento medio de la indemnización final tras la presentación de un peritaje de parte sólido.
  • 60% → 15%: Reducción de la tasa de rechazo total del siniestro cuando se aporta prueba de mantenimiento previo.
  • 120 días → 55 días: Aceleración del cierre del expediente cuando se activa el artículo 38 LCS frente a la vía judicial tradicional.

Métricas monitorizables:

  • Ratio Oferta/Presupuesto Real: Si es inferior al 70%, la impugnación es casi obligatoria por viabilidad económica.
  • Días desde siniestro hasta pago mínimo: Debe ser menor a 40 días para evitar penalizaciones por demora.
  • Índice de rectificación pericial: Frecuencia con la que el perito de la compañía acepta cambios ante una queja fundamentada (aprox. 35% de los casos).

Ejemplos prácticos de impugnación

Escenario A: El éxito de la itemización

Un asegurado sufre una inundación. El seguro ofrece 4.500 € basándose en un presupuesto “a tanto alzado”. El asegurado presenta un informe de parte que detalla la necesidad de deshumidificación técnica (no incluida) y el coste real del parquet de roble, no uno genérico.

Resultado: La aseguradora revisa el cálculo y aumenta la indemnización a 7.200 € al no poder rebatir los precios unitarios de los materiales específicos de la vivienda.

Escenario B: El error en la depreciación

Siniestro en maquinaria industrial. El seguro ofrece 10.000 € aplicando una depreciación del 60% por “edad”. El asegurado aporta facturas de una revisión integral y cambio de componentes críticos realizada 6 meses antes del siniestro.

Resultado: Se demuestra que la vida útil se había reiniciado parcialmente. La depreciación se reduce al 20%, resultando en un pago final de 21.000 € tras la impugnación técnica del informe inicial.

Errores comunes en la reclamación de seguros

Aceptar el cheque sin reserva: Firmar el finiquito sin especificar que se acepta como “pago a cuenta” extingue el derecho a reclamar la diferencia en el futuro.

Reparar antes de la peritación: Eliminar las huellas del siniestro sin permiso escrito de la compañía impide que el perito de parte pueda documentar el daño real.

Confundir valor venal con valor de reposición: No leer las condiciones particulares de la póliza lleva a impugnar basándose en el precio de compra, cuando se contrató el valor de mercado usado.

Inacción ante el silencio: Esperar que la aseguradora “mejore la oferta” por iniciativa propia es una táctica que solo beneficia a la compañía por la caducidad de los plazos.

FAQ sobre impugnación de cálculos del seguro

¿Puedo reclamar si ya he cobrado la indemnización mínima?

Sí, siempre que no hayas firmado un documento de “renuncia de acciones” o finiquito total. La ley obliga a la aseguradora a pagar el importe mínimo conocido en 40 días, y el asegurado puede cobrarlo y seguir discutiendo el resto del cálculo.

Es vital que en cualquier documento que firmes o en el concepto de la transferencia bancaria conste que el cobro es parcial. Si tienes dudas, envía un correo previo a la compañía indicando que aceptas el pago solo como un adelanto de la liquidación final.

¿Qué es el artículo 38 de la Ley de Contrato de Seguro?

Es el mecanismo legal para resolver discrepancias sobre la cuantía de los daños sin ir a juicio. Permite que tú nombres un perito y la compañía el suyo; si no hay acuerdo, ambos nombran a un tercero cuya decisión es vinculante para ambas partes.

Este proceso es muy efectivo porque saca la decisión de las manos de la aseguradora. Los gastos del tercer perito se suelen pagar a medias, pero si tu perito tiene razón en la mayor parte, puedes forzar a que la compañía asuma más costes.

¿La aseguradora me paga el IVA de la reparación?

Depende de si eres un particular o una empresa. Si eres un particular, la indemnización debe incluir siempre el IVA, ya que es un gasto real que no puedes deducir. Si eres una empresa o autónomo que deduce el IVA, la aseguradora te pagará la base imponible y tú te deducirás el impuesto.

Un truco común de las compañías es presentar presupuestos sin IVA a particulares. Debes impugnar esto inmediatamente adjuntando una factura proforma de un reparador autorizado que incluya el desglose impositivo correcto.

¿Cómo se demuestra que la depreciación por antigüedad es excesiva?

Aportando pruebas del estado de conservación. Facturas de mantenimiento, fotos de la estancia antes del daño o certificados de que el aparato no había tenido averías previas. La depreciación debe basarse en la vida útil remanente, no solo en la fecha de compra.

Si la aseguradora aplica una depreciación estándar (ej: 10% anual), tú puedes rebatirlo demostrando que el objeto estaba en perfecto estado. Esto es especialmente importante en muebles de calidad o maquinaria que ha tenido poco uso real.

¿Puedo elegir el taller o el reparador yo mismo?

Generalmente sí, a menos que tu póliza tenga una cláusula de “reparación en centros concertados” a cambio de una rebaja en la prima. Si tienes libre elección, la compañía debe aceptar tu presupuesto siempre que sea razonable y ajustado a precios de mercado.

Si la aseguradora dice que tu taller es “caro”, pídeles que te den por escrito tres talleres en tu zona que realicen ese trabajo exacto por el precio que ellos proponen. Si no pueden darlos, su argumento de “precio excesivo” cae por su propio peso.

¿Qué pasa si descubro daños ocultos después de haber cobrado?

Puedes reabrir el siniestro si los nuevos daños son consecuencia directa del evento original y no eran detectables en la primera peritación. Debes notificarlo en cuanto aparezcan, preferiblemente con fotos y un informe técnico del operario que los encontró.

Para evitar esto, es recomendable no cerrar el expediente hasta que la obra de reparación esté avanzada. La compañía tiene la obligación de atender estos “daños sobrevenidos” si guardan relación causal con el siniestro primario.

¿La aseguradora puede aplicarme el infraseguro en una indemnización parcial?

Sí, si el capital total asegurado en la póliza es menor al valor real de tus bienes, la compañía aplicará la regla proporcional a cualquier daño, por pequeño que sea. Si tienes asegurado el 50% de lo que valen tus cosas, solo te pagarán el 50% de cualquier reparación.

Esto se impugna demostrando que el valor real que propone la compañía es erróneo (ej: incluyen el valor del suelo en un seguro de hogar cuando el suelo no se asegura). Reducir el valor real “V” elimina o reduce el impacto del infraseguro.

¿Cuánto tiempo tengo para demandar judicialmente a la aseguradora?

En España y bajo la mayoría de leyes de contrato de seguro, tienes 2 años para daños en cosas (daños materiales) y 5 años para daños a personas. Este plazo se interrumpe cada vez que envías una reclamación fehaciente por escrito (burofax).

No dejes pasar el tiempo. Aunque tengas 2 años, la frescura de la prueba se pierde. Es mejor impugnar en los primeros meses cuando los daños aún son visibles o las facturas están recientes.

¿Qué validez tiene el informe del perito de mi compañía?

Es una opinión técnica pagada por una parte interesada. No es un documento judicial ni una verdad absoluta. Ante un juez, el informe de tu perito de parte tiene la misma o más validez si está mejor fundamentado y usa precios reales frente a baremos genéricos.

Las compañías suelen dar a sus peritos instrucciones de ahorro. Por eso es vital tener un contra-informe; sin él, el juez no tiene otra referencia técnica y acabará dando la razón a la aseguradora por omisión de prueba contraria.

¿La aseguradora puede obligarme a aceptar una indemnización en especie (reparación)?

Solo si la póliza lo permite expresamente y si la reparación deja el objeto en perfecto estado. Si la reparación que proponen es un “parche” o de baja calidad, tienes derecho a exigir la indemnización en metálico para buscar tú a un profesional competente.

La mayoría de los contratos permiten a la compañía optar por la reparación si es más económica para ellos, pero siempre bajo el estándar de calidad original. Si no cumplen esto, la impugnación debe enfocarse en la “pérdida de valor” por reparación defectuosa.

Referencias y próximos pasos

  • Análisis de la póliza: Revisar los límites de capital y las cláusulas de depreciación en las condiciones particulares.
  • Búsqueda de perito: Contactar con un gabinete pericial independiente para una valoración preliminar del daño.
  • Documentación del reclamo: Preparar una carpeta con facturas, fotos y el historial de mantenimiento del bien dañado.

Lectura relacionada:

  • Guía sobre el artículo 38 de la Ley de Contrato de Seguro.
  • Diferencias entre valor venal y valor de reposición: qué exigir.
  • Cómo reclamar intereses de demora a una compañía de seguros.
  • Infraseguro: por qué tu póliza paga de menos y cómo evitarlo.
  • Derechos del asegurado ante el rechazo de siniestro por falta de mantenimiento.

Base normativa y jurisprudencial

La columna vertebral de la impugnación es la Ley de Contrato de Seguro (Ley 50/1980 en España), específicamente los artículos que regulan el deber de indemnizar (Art. 18) y el procedimiento de peritación (Art. 38). Estas normas garantizan que el asegurado no quede indefenso ante la superioridad técnica de la compañía. La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha reforzado constantemente que la indemnización debe ser íntegra, cubriendo el daño real patrimonial sin que el asegurado tenga que desembolsar dinero propio para volver a la situación anterior.

Además, la normativa sobre Protección de Consumidores y Usuarios es vital para anular cláusulas oscuras o abusivas que pretenden aplicar depreciaciones desproporcionadas. El principio de “buena fe contractual” obliga a la aseguradora a actuar con transparencia en el cálculo. En 2026, la supervisión de la Dirección General de Seguros también pone el foco en las malas prácticas derivadas de los ajustes automáticos por software, lo que abre una vía administrativa sólida para impugnar liquidaciones basadas en algoritmos opacos.

Consideraciones finales

Recibir una indemnización insuficiente no es el final del proceso, sino el inicio de una fase de negociación técnica. La aseguradora cuenta con que el asegurado se rinda ante la complejidad del informe pericial o la urgencia por cobrar. Sin embargo, la mayoría de los cálculos iniciales son ajustables si se presenta una prueba en contrario bien fundamentada y se respetan los canales formales de impugnación.

La clave del éxito reside en la anticipación documental y el uso de profesionales independientes. No se trata de “pelear” con el tramitador, sino de demostrar, con datos y facturas en mano, que la realidad del mercado es distinta a la del baremo de la compañía. Una liquidación justa es un derecho contractual, y el sistema legal proporciona los resortes necesarios para forzar su cumplimiento.

Punto clave 1: El informe de la aseguradora es una propuesta, no una sentencia; tienes derecho legal a un contra-peritaje.

Punto clave 2: No firmes documentos de renuncia a cambio de un pago rápido si la cifra no cubre el presupuesto de reparación real.

Punto clave 3: La vía del perito tercero (Art. 38) es la herramienta más eficaz para resolver disputas de cuantía sin llegar al juzgado.

  • Paso inmediato: Solicita por escrito el informe pericial detallado de tu compañía en cuanto recibas la primera oferta.
  • Enfoque probatorio: Busca facturas de mantenimiento previas al siniestro; son tu mejor arma contra la depreciación.
  • Control de plazos: Si vas a impugnar por el Art. 38, recuerda que solo tienes 8 días desde que designas a tu perito para que la compañía acepte al suyo.

Este contenido es solo informativo y no sustituye el análisis individualizado de un abogado habilitado o profesional calificado.

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