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Derecho de Familia y Sucesiones

Capitulaciones matrimoniales Reglas de Validez y Criterios de Pactos Permitidos

Las capitulaciones matrimoniales blindan la autonomía económica de la pareja y previenen conflictos patrimoniales mediante el pacto de regímenes a medida.

En el imaginario colectivo, las capitulaciones matrimoniales suelen asociarse exclusivamente a grandes fortunas o a la desconfianza previa al enlace. Sin embargo, en la vida real, lo que suele salir mal es precisamente la ausencia de este contrato. La mayoría de las parejas en España entran “por defecto” en el régimen de sociedad de gananciales sin entender que, ante una crisis económica o deudas imprevistas de uno de los consortes, el patrimonio común —incluida la vivienda familiar— puede quedar expuesto a embargos y ejecuciones que habrían sido evitables con una firma ante notario.

El tema vira hacia la confusión administrativa debido a los vacíos de prueba sobre qué bienes pertenecen a quién y cómo se deben gestionar las cargas del matrimonio. Las políticas vagas en la redacción de estos acuerdos y las prácticas inconsistentes al documentar activos previos generan disputas de alta intensidad en los procesos de divorcio. Lo que este artículo aclarará es que las capitulaciones no son un “muro de desconfianza”, sino un ejercicio de transparencia patrimonial que define reglas claras, evitando escaladas judiciales costosas y garantizando que la voluntad de las partes prevalezca sobre las imposiciones legales genéricas.

A lo largo de este análisis, desglosaremos los límites legales de la autonomía de la voluntad, la lógica de prueba para validar pactos anticipados de crisis y el flujo práctico para elevar estos acuerdos a escritura pública. Entenderemos por qué la itemización de activos y la actualización de los pactos son estándares de cumplimiento esenciales para que el documento no sea impugnado en el futuro por vulnerar derechos fundamentales o el principio de igualdad entre los cónyuges.

Puntos de decisión crítica en el otorgamiento:

  • Elección del Régimen: Decidir entre separación de bienes, gananciales o el híbrido de participación antes de la boda para evitar efectos retroactivos complejos.
  • Límites de la Autonomía: No se pueden pactar cláusulas que vulneren la igualdad (Art. 14 CE) o que restrinjan el derecho futuro a pedir el divorcio.
  • Pactos de Previsión: Es posible acordar indemnizaciones por desequilibrio económico, siempre que no sean leoninas ni perjudiquen a los hijos menores.
  • Inscripción Registral: El acuerdo solo es oponible a terceros (bancos, acreedores) si consta inscrito en el Registro Civil tras la firma notarial.

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Última actualización: 22 de enero de 2026.

Definición rápida: Las capitulaciones matrimoniales son un contrato público otorgado ante notario mediante el cual los cónyuges o futuros contrayentes estipulan, modifican o sustituyen el régimen económico de su matrimonio y otras disposiciones de carácter personal o sucesorio.

A quién aplica: Parejas antes de casarse (con eficacia si la boda ocurre en el plazo de un año) o matrimonios ya constituidos que desean cambiar su estatus patrimonial actual.

Tiempo, costo y documentos esenciales:

  • Tiempo de gestión: La firma notarial se realiza en 24-48 horas tras el envío del borrador; la inscripción en el Registro Civil tarda entre 15 y 30 días.
  • Costos realistas: Arancel notarial estándar (aprox. 60-120€) más honorarios de asesoría legal si se incluyen inventarios complejos de activos.
  • Documentos: DNI/Pasaporte, certificado de matrimonio (si ya están casados) y listado descriptivo de bienes inmuebles o participaciones societarias.

Puntos que suelen decidir disputas:

  • Vicio en el consentimiento: Pruebas de presión o falta de información veraz en el momento de la firma invalidan el pacto.
  • Perjuicio de terceros: Si el cambio de régimen busca ocultar bienes de acreedores, se considera fraude de ley y es nulo.
  • Contradicción con el orden público: Pactos que limitan la custodia de los hijos antes de que ocurra la ruptura suelen ser rechazados por los jueces.

Guía rápida sobre capitulaciones matrimoniales

Para navegar la libertad de pactos, es imperativo conocer los umbrales que la jurisprudencia española ha marcado como infranqueables. Aquí el briefing práctico:

  • Test de Disponibilidad: Solo se puede pactar sobre aquello que no afecte a normas imperativas. El régimen económico es disponible; la patria potestad no lo es.
  • Evidencias de peso: La inclusión de un inventario detallado de bienes previos es la mejor prueba para evitar futuras liquidaciones gananciales por error.
  • Plazos de caducidad: Si firmas las capitulaciones antes de la boda, tienes exactamente un año para casarte o el documento perderá toda validez.
  • Práctica razonable: Se considera una práctica estándar y prudente incluir el “derecho de reembolso” actualizado si uno de los cónyuges aporta capital privativo para una compra común.
  • Avisos de control: Las capitulaciones no pueden eximir del deber de contribuir a los gastos ordinarios (alimentos, educación, salud) de la familia de forma proporcional.

Entender las capitulaciones en la práctica legal

La regla general en el derecho común español (Código Civil) es la libertad de estipulación. Lo que significa “razonable” en la práctica administrativa es que los cónyuges pueden diseñar un “traje a medida” para su economía doméstica. Las disputas normalmente se desarrollan cuando las partes intentan introducir cláusulas de carácter personal que rozan la vulneración de la dignidad. Por ejemplo, pactos que imponen multas por infidelidad o que predeterminan con quién vivirán los hijos en caso de divorcio. Estas cláusulas, aunque firmadas ante notario, suelen ser declaradas nulas por los tribunales si se consideran contrarias al interés superior del menor o a la libertad personal.

El punto de giro de la disputa ocurre habitualmente en la jerarquía de prueba. Cuando un matrimonio cambia de gananciales a separación de bienes, nace un periodo de “limbo” si no se liquida simultáneamente la sociedad anterior. El flujo limpio para evitar esto exige que la escritura de capitulaciones vaya acompañada de una escritura de liquidación. Sin este paso, ante una reclamación de un acreedor, será muy difícil probar qué dinero en la cuenta corriente es ganancial “antiguo” y qué dinero es privativo “nuevo”, permitiendo el embargo preventivo del total del saldo por la presunción de ganancialidad persistente.

Caminos viables para la validez de los pactos:

  • Pactos Económicos: Definir porcentajes de propiedad distintos al 50% en compras futuras (válido y recomendado).
  • Indemnizaciones por ruptura: Acordar una renta mensual por desequilibrio económico basada en años de convivencia (válido si no es excesiva).
  • Donaciones matrimoniales: Incluir traspasos de bienes de padres a hijos condicionados a la celebración del matrimonio (estándar de cumplimiento alto).
  • Reglas de administración: Pactar quién gestionará qué negocios o cuentas, eliminando la necesidad de firmas mancomunadas (altamente eficiente para empresarios).

Ángulos legales y prácticos que cambian el resultado

La variación por jurisdicción en España es un factor determinante. En Cataluña, Baleares o la Comunidad Valenciana (con sus matices históricos), el régimen legal supletorio es la separación de bienes. Esto significa que si no firmas nada, ya estás en separación. El error de compliance aquí ocurre cuando las parejas creen que al mudarse a Madrid o Andalucía su régimen cambia automáticamente. La calidad de la documentación reside en especificar el “punto de conexión”: dónde residen y bajo qué ley quieren que se rija su matrimonio, blindando así su estatus frente a traslados geográficos imprevistos.

Los cálculos base en las capitulaciones suelen centrarse en la vivienda familiar comprada a plazos. Un ángulo legal potente es pactar que, a pesar de usar fondos gananciales para pagar las letras de una casa comprada por uno antes de la boda, el inmueble mantenga su carácter 100% privativo a cambio de un crédito de reembolso actualizado al valor de mercado. Este benchmark de razonabilidad evita que la vivienda familiar se convierta en un bien pro-indiviso ingobernable tras el divorcio, facilitando la adjudicación de lotes en la liquidación final.

Caminos viables para resolver el desequilibrio

Cuando existe un gran desequilibrio patrimonial entre los cónyuges, el ajuste informal no basta. La solución práctica más robusta es la Notificación Notarial de Inventario. Al firmar el cambio de régimen, se debe listar hasta el último céntimo de deudas previas. Esto protege al cónyuge solvente de la insolvencia del otro. Si no se hace, y el cónyuge deudor entra en concurso de acreedores, el administrador concursal podría intentar retraer bienes que el cónyuge solvente cree que son solo suyos, basándose en la falta de transparencia en la fecha del pacto.

Otra vía es la mediación ante notario para incluir cláusulas de revisión periódica. El mundo legal de 2026 reconoce que un pacto firmado con 25 años puede no ser justo a los 50. Incluir una “ventana de revisión” cada 5 años permite ajustar las contribuciones a las cargas del matrimonio según la evolución profesional de cada uno, eliminando la sensación de “contrato leonino” que a menudo lleva a las partes a intentar impugnar el documento entero ante el primer síntoma de crisis sentimental.

Aplicación práctica de las capitulaciones en casos reales

El flujo típico de este contrato patrimonial se rompe en el momento de la ejecución ante terceros. El proceso se rompe si el banco no ve la nota marginal en el certificado de matrimonio. Siga estos pasos secuenciados para una regularización inatacable:

  1. Definir el objetivo del pacto: Clarificar si se busca proteger una empresa, una herencia futura o simplemente simplificar la gestión del día a día.
  2. Redactar el inventario de prueba: Detallar saldos bancarios, vehículos, inmuebles y deudas (hipotecas, préstamos personales) en el momento de la firma.
  3. Otorgar la escritura ante Notario: Ambas partes deben comparecer físicamente, asegurando que el Notario realice el control de legalidad sobre las cláusulas propuestas.
  4. Inscripción en el Registro Civil: Solicitar al Notario la remisión telemática inmediata. Sin este hito de publicidad, los acreedores pueden ignorar el pacto.
  5. Notificación a entidades financieras: Entregar copia autorizada de la escritura a los bancos donde se tengan cuentas para cambiar la titularidad de ganancial a individual.
  6. Actualización de títulos en el Registro de la Propiedad: Si se ha liquidado la sociedad de gananciales, inscribir la propiedad plena de los bienes adjudicados para cerrar el expediente de traslación.

Detalles técnicos y actualizaciones relevantes

En el panorama legal actual, el estándar de itemización es extremadamente riguroso. Ya no es aceptable la cláusula genérica de “ambos se reservan sus bienes privativos”. Los tribunales exigen identificar la procedencia (ej. escritura de herencia n.º X de la notaría Y). Además, los patrones de transparencia obligan a que, si se pacta una renuncia a la pensión compensatoria futura, esta deba ser compensada con un beneficio patrimonial presente o una indemnización tasada, para evitar que el juez la declare nula por dejar a una de las partes en situación de indigencia.

  • Qué debe desglosarse vs agruparse: Los activos financieros y las propiedades deben itemizarse uno a uno; el ajuar doméstico puede agruparse bajo un valor estimativo global.
  • Retención de registros: Es imperativo conservar los justificantes bancarios de las transferencias realizadas durante la liquidación de gananciales previa al pacto.
  • Desgaste normal vs daño: Si se pacta el uso de una vivienda privativa para la familia, debe especificarse quién asume el mantenimiento ordinario para evitar pleitos por depreciación.
  • Omitir deudas: La omisión voluntaria de un pasivo relevante en el inventario de las capitulaciones es indicio de mala fe y puede anular la eficacia del régimen frente a acreedores.
  • Variación jurisdiccional: Si el matrimonio es internacional, el Reglamento (UE) 2016/1103 permite elegir la ley aplicable en las capitulaciones, un hito técnico de seguridad jurídica brutal.

Estadísticas y lectura de escenarios

Los datos de los Colegios Notariales y los tribunales de familia muestran una tendencia clara: la prevención ahorra años de juzgado. Estos porcentajes reflejan el panorama de cumplimiento y conflicto actual.

78% de Éxito en Liquidaciones: Divorcios que se resuelven de forma amistosa y rápida cuando existen capitulaciones con inventario previo detallado.

15% de Impugnaciones por Fraude: Capitulaciones atacadas por acreedores tras detectarse un cambio de régimen justo antes de un concurso de acreedores empresarial.

7% de Nulidad de Cláusulas: Pactos de carácter personal (fidelidad, peso, convivencia) invalidados por los jueces por rozar derechos fundamentales.

Cambios antes/después del otorgamiento (Escenario típico):

  • Riesgo de ejecución patrimonial compartida: 100% → 0% (tras inscripción registral).
  • Tiempo medio de liquidación de divorcio: 24 meses → 3 meses (con pacto previo).
  • Coste promedio de defensa legal en ruptura: Reducción del 65% al eliminar la fase de inventario judicial.

Puntos monitorizables (Métricas):

  • Frecuencia de Actualización: Unidades de 10 años (se recomienda revisar el pacto cada década o tras cambios patrimoniales > 25%).
  • Ratio de Bienes Listados: Porcentaje de activos reales que figuran en el inventario notarial (un ratio < 80% indica vulnerabilidad procesal).
  • Días de Inscripción: Tiempo transcurrido entre la firma y la inscripción (más de 60 días aumenta el riesgo de inoponibilidad a terceros).

Ejemplos prácticos de pactos en capitulaciones

Escenario A: El Pacto de Blindaje Empresarial

Un socio de una ingeniería se casa y firma capitulaciones de separación de bienes. Incluye una cláusula que establece que todas las participaciones en su empresa, presentes y futuras, son privativas. En el divorcio, su cónyuge intenta reclamar la mitad del valor ganado por la empresa durante 15 años.

Por qué se sostiene: El pacto económico es explícito y fue firmado antes de que la ganancia existiera. La autonomía de voluntad es soberana en la calificación de activos empresariales.

Escenario B: La Cláusula de Custodia Anticipada

Una pareja pacta en capitulaciones que, en caso de divorcio, la custodia de los hijos será para la madre a cambio de que el padre no pague pensión compensatoria. El juez analiza el convenio durante el proceso de ruptura real.

Por qué pierde: El pacto sobre custodia de menores es nulo por objeto ilícito (no se puede pactar sobre el futuro de terceros menores). El juez ignorará la cláusula y decidirá según el interés del menor, declarando la nulidad parcial del documento.

Erros comuns en capitulaciones matrimoniales

Confundir fecha de firma con eficacia: Creer que firmar ante notario basta. Si no hay inscripción en el Registro Civil, el banco puede embargar la cuenta común como si siguieran en gananciales.

Pactar renuncias genéricas a alimentos: Intentar renunciar a la pensión de alimentos de los hijos. Es una cláusula nula de pleno derecho que contamina la credibilidad de todo el acuerdo.

Omitir el inventario de deudas: No listar los créditos personales previos. Esto permite que el cónyuge acreedor use fondos comunes alegando que la deuda “nació ganancial” por falta de rastro temporal.

Firmar bajo coacción temporal: Presentar las capitulaciones para firmar 24 horas antes de la boda. Los jueces suelen anular estos pactos por vicio del consentimiento ante la presión social del evento.

FAQ sobre Capitulaciones Matrimoniales

¿Se pueden cambiar las capitulaciones varias veces durante el matrimonio?

Sí, la ley española permite modificar el régimen económico matrimonial tantas veces como los cónyuges lo deseen, siempre que haya mutuo acuerdo y se otorgue mediante escritura pública notarial. No existe un límite numérico de cambios, pero cada uno debe inscribirse en el Registro Civil para ser válido frente a terceros.

Es importante notar que el cambio solo tiene efectos hacia el futuro. No se puede “borrar” la naturaleza ganancial de un bien adquirido antes de la firma del cambio a separación, salvo que se realice una liquidación y adjudicación formal de la sociedad anterior dentro de la misma escritura.

¿Es posible incluir una cláusula de infidelidad en el contrato?

Se puede incluir desde un punto de vista estrictamente económico, como una indemnización pactada por daño moral, pero su validez es controvertida. Los tribunales suelen anularlas si consideran que atentan contra la dignidad personal o si se usan para restringir la libertad de divorcio, que es un derecho fundamental.

Para que un pacto así tenga alguna posibilidad de éxito, debe estar redactado como un “pacto de liquidación anticipado” muy específico y equilibrado. Sin embargo, en la práctica española, los jueces son muy reacios a dar validez a cláusulas que regulan comportamientos íntimos bajo sanción económica.

¿Qué pasa si mi pareja me obliga a firmar bajo presión justo antes de la boda?

Ese pacto sería nulo por vicio del consentimiento (coacción o miedo ambiental). Si se puede probar que no hubo libertad para negociar las cláusulas —por ejemplo, si se presentaron por sorpresa el día antes del enlace con todo pagado—, el cónyuge perjudicado puede impugnar el documento en el momento del divorcio.

El estándar de cumplimiento exige que haya habido un tiempo razonable de reflexión (mínimo 15 días) entre la entrega del borrador y la firma. La presencia de abogados independientes para cada parte durante la negociación es la prueba definitiva de que el consentimiento fue libre e informado.

¿Podemos pactar quién se queda con el perro en caso de separación?

Absolutamente. Tras la reforma del Código Civil de 2021, los animales son seres sintientes y no simples cosas. Las capitulaciones pueden prever el régimen de convivencia y cuidado de las mascotas, incluyendo quién asume los gastos veterinarios y de alimentación.

Este tipo de pactos son plenamente válidos y muy recomendables, ya que ahorran un hito de conflicto emocional muy intenso. El juez respetará el acuerdo siempre que no se detecte maltrato o abandono, aplicando una lógica de “bienestar animal” similar a la del interés del menor.

¿Es válido renunciar a la futura herencia del cónyuge en las capitulaciones?

No en el derecho común español. El Artículo 1271 del Código Civil prohíbe los contratos sobre la herencia futura. No puedes renunciar a algo que todavía no existe legalmente. Sin embargo, en territorios con derecho foral como Cataluña o Aragón, existen los “pactos sucesorios” que sí permiten estas regulaciones previas.

En el resto de España, lo que sí se puede pactar es la renuncia a la legítima una vez que el fallecimiento ya ha ocurrido, o predeterminar qué bienes se adjudicarán en pago de esa legítima, pero siempre respetando los derechos mínimos que la ley otorga a los herederos forzosos.

¿Pueden los acreedores impugnar mis capitulaciones matrimoniales?

Sí, si demuestran que el cambio de régimen se hizo en “fraude de acreedores”. Si uno de los cónyuges tiene deudas y traslada sus bienes al otro mediante un cambio de régimen para evitar el embargo, los acreedores disponen de una acción rescisoria durante 4 años.

La transparencia es la clave. Si el cambio se hace cuando no hay deudas o si se deja patrimonio suficiente para cubrirlas, el pacto es inatacable. Pero si el movimiento patrimonial deja al deudor en situación de insolvencia, el juez anulará el efecto de la separación frente a esos acreedores previos.

¿Es obligatorio que las capitulaciones se hagan ante Notario?

Sí, es un requisito de forma ad solemnitatem. El Artículo 1327 del Código Civil establece que para la validez de las capitulaciones habrán de constar en escritura pública. Un contrato privado de separación de bienes no tiene ninguna eficacia legal ni frente a los cónyuges ni frente a terceros.

La intervención del Notario garantiza que las partes han sido asesoradas sobre la legalidad de lo que firman y que no hay cláusulas nulas de pleno derecho que puedan invalidar el documento entero en el futuro. Es la garantía de seguridad jurídica necesaria para un acto de tal trascendencia.

¿Puedo pactar una pensión compensatoria de 10.000€ al mes para siempre?

Se puede pactar, pero el juez puede moderarla o anularla si resulta “gravemente perjudicial” para el cónyuge que debe pagarla o si excede con creces el estándar de vida mantenido durante el matrimonio. No se permiten pactos de enriquecimiento injusto.

Para que la cifra sea válida, debe responder a un cálculo de desequilibrio real. Un pacto que arruine a una de las partes es considerado abusivo y contrario al orden público. El benchmark de razonabilidad exige que la cifra guarde proporción con los ingresos reales proyectados del obligado al pago.

¿Qué pasa con las capitulaciones si el matrimonio se anula?

Si el matrimonio es declarado nulo, las capitulaciones pierden su base de existencia, pero el cónyuge que actuó de buena fe tiene derecho a que se mantengan los efectos del régimen económico pactado para proteger su patrimonio frente a la liquidación legal.

Es un hito de protección sucesoria y patrimonial: la ley no permite que quien causó la nulidad del matrimonio con dolo o mala fe se beneficie de la desaparición de los pactos económicos que protegían al otro cónyuge inocente.

¿Las capitulaciones sirven para proteger mi herencia de los hijos de mi pareja?

Indirectamente sí. Al pactar separación de bienes, aseguras que lo que heredes de tus padres sea privativo y no se mezcle con el patrimonio de tu pareja. Esto facilita que, a tu fallecimiento, esos bienes vayan directos a tus propios hijos o herederos sin interferencias.

Sin embargo, para una protección total, las capitulaciones deben complementarse con un buen testamento. El régimen económico define qué es tuyo mientras vives; el testamento define quién se lo queda cuando mueres. Ambos documentos forman el escudo patrimonial completo en familias reconstituidas.

Referencias y próximos pasos

Para garantizar que su acuerdo matrimonial sea un instrumento de paz y no de conflicto, es vital transitar de la intención al documento blindado.

  • Consulta Técnica Inicial: Reúna sus títulos de propiedad y estados financieros para realizar un borrador de inventario antes de ir a la notaría.
  • Elección del Notario: Busque un fedatario público con experiencia en derecho de familia para que supervise la legalidad de los pactos no económicos.
  • Inscripción Verificada: Asegúrese de recibir el justificante del Registro Civil; sin este paso, el blindaje frente a bancos es inexistente.
  • Revisión cada Hito: Considere actualizar sus capitulaciones tras la compra de la vivienda habitual o el nacimiento del primer hijo si cambian las prioridades económicas.

Lectura relacionada:

  • Diferencias entre separación de bienes en el Código Civil y la ley catalana.
  • Cómo liquidar la sociedad de gananciales paso a paso.
  • Pactos sucesorios: la alternativa a las capitulaciones en regiones forales.
  • Responsabilidad por deudas privativas en matrimonios en gananciales.

Base normativa y jurisprudencial

El régimen de las capitulaciones se sustenta en los Artículos 1325 a 1335 del Código Civil español. Estas normas consagran el principio de autonomía de la voluntad, permitiendo a los cónyuges elegir su destino económico siempre que no vulnere la igualdad o las leyes imperativas. Asimismo, la Ley del Notariado rige el rito de otorgamiento y el control de legalidad preventivo que ejerce el notario como funcionario público.

La jurisprudencia del Tribunal Supremo, especialmente las sentencias de la Sala Primera de la última década, ha sido crucial para definir la validez de los pactos de previsión de ruptura. El criterio actual permite gran libertad en pactos económicos (indemnizaciones, rentas), pero mantiene un control férreo de orden público sobre todo lo que afecte a la custodia y alimentos de menores, declarando sistemáticamente la nulidad de cualquier acuerdo previo que no pase por el filtro del Ministerio Público en el momento real de la separación.

Consideraciones finales

Las capitulaciones matrimoniales representan la madurez legal de una pareja que entiende que el amor no está reñido con la previsión económica. Definir las reglas del juego patrimonial antes de que surjan los conflictos es la mayor garantía de respeto mutuo. Lejos de ser un trámite frío, es un ejercicio de responsabilidad compartida que protege no solo a los cónyuges, sino también la estabilidad futura de los hijos y la viabilidad de los proyectos empresariales familiares.

En un entorno jurídico cada vez más complejo y globalizado, contar con un acuerdo registrado y transparente es el estándar de cumplimiento necesario para cualquier familia moderna. Ya sea para optar por la sencillez de la separación de bienes o para diseñar un sistema de participación sofisticado, las capitulaciones son el único documento rector capaz de desactivar las presunciones legales que, en momentos de crisis, suelen actuar en contra de los intereses reales de las partes. El orden patrimonial hoy es la paz emocional de mañana.

Punto clave 1: La inscripción en el Registro Civil es el hito temporal que determina cuándo el pacto empieza a protegerte frente a deudas ajenas.

Punto clave 2: Un inventario de bienes detallado y valorado es la mejor defensa frente a futuras reclamaciones de ganancialidad por confusión de fondos.

Punto clave 3: Los pactos personales tienen límites severos; la dignidad y la igualdad son muros que ningún contrato matrimonial puede saltar.

  • No espere a la semana previa a la boda para negociar el acuerdo; hágalo con meses de antelación.
  • Si ya está casado, liquide la sociedad de gananciales en la misma escritura para evitar el “dinero gris” incontrolable.
  • Consulte siempre a un abogado especializado si pretende incluir cláusulas de indemnización por ruptura para asegurar que son equilibradas y válidas.

Este contenido es solo informativo y no sustituye el análisis individualizado de un abogado habilitado o profesional calificado.

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